Actualizaciones del BOE que afectan al temario de Policía Nacional Escala Básica 3/8/2022
Los alumnos de Granapol tenéis a vuestra disposición la actualización en vuestra sede o en el aula virtual.
Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio. Actualización Tema 15
Se modifica con efectos desde el 29 de agosto de 2022, las letras c), d) y se añade la letra h), en el art. 13 de la Ley 8/2011 Protección Infraestructuras Críticas, por la disposición final 2 de la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, quedando de la siguiente forma:
Artículo 13. Operadores críticos.
[…]
c) Elaborar el Plan de Seguridad del Operador en los términos y con los contenidos que se determinen reglamentariamente, debiendo acreditar la implantación de las medidas exigidas por la autoridad competente a través de la certificación oportuna.
d) Elaborar, según se disponga reglamentariamente, un Plan de Protección Específico por cada una de las infraestructuras consideradas como críticas en el Catálogo, debiendo acreditar la implantación de las medidas exigidas por la autoridad competente a través de la certificación oportuna.»
[…]
«h) Constituir un Área de Seguridad del Operador, de la manera que reglamentariamente se determine.
Ley Orgánica 6/2022, de 12 de julio. Actualización Tema 16
Se ha redactado una nueva Ley Orgánica que afecta directamente al contenido del Tema 16 (Derecho Penal) de la Escala Básica de Policía Nacional.
Se introduce en la redacción de la ley la palabra antigitanos por modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal modificación realiza por L.O. 6/2022, de 12 de julio, complementaria de la ley 15/2022, de 12 de julio integral para la igualdad de trato y no discriminación.
Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio. Actualización Tema 18
Se ha redactado una nueva Ley Orgánica que afecta directamente al contenido del Tema 18 (Delitos del Patrimonio) de la Escala Básica de Policía Nacional.
El tema se ve afectado en el punto 2 del Artículo 234 por la disposición final 6ª de la L.O. 9/2022, de 28 de julio, con entrada en vigor el 29 de agosto de 2022 incorporando el siguiente texto:
Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235. No obstante, en el caso de que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y que el montante acumulado de las infracciones sea superior a 400 €, se impondrá la pena del apartado 1 de este artículo.
No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.